Una grabación en poder de EMEEQUIS revela que personal de tierra informó a los pasajeros que el vuelo no podía continuar por falta de tripulación. Posteriormente, Aeroméxico atribuyó la cancelación exclusivamente a las condiciones meteorológicas para rechazar el reembolso y las compensaciones previstas en la ley reclamadas por la familia y otras personas afectadas.
Aeroméxico deja varados a pasajeros en Querétaro y, tras 14 horas de espera, cancela vuelo; familia con bebé que requería medicamentos tuvo que regresar por carretera
Una grabación en poder de EMEEQUIS revela que personal de tierra informó a los pasajeros que el vuelo no podía continuar por falta de tripulación. Posteriormente, Aeroméxico atribuyó la cancelación exclusivamente a las condiciones meteorológicas para rechazar el reembolso y las compensaciones previstas en la ley reclamadas por la familia y otras personas afectadas.
Una grabación en poder de EMEEQUIS revela que personal de tierra informó a los pasajeros que el vuelo no podía continuar por falta de tripulación. Posteriormente, Aeroméxico atribuyó la cancelación exclusivamente a las condiciones meteorológicas para rechazar el reembolso y las compensaciones previstas en la ley reclamadas por la familia y otras personas afectadas.
Un vuelo de Oaxaca a Ciudad de México que se volvió una pesadilla por la falta de atención de Aeroméxico.
EMEEQUIS.– Una familia integrada por una mujer embarazada, un bebé de apenas un año que requería medicamentos, un niño de cinco años y la enfermera responsable del cuidado del menor tuvo que regresar por carretera desde Querétaro a la Ciudad de México luego de que el vuelo AM1053 de Aeroméxico, procedente de Oaxaca y con destino a la Ciudad de México, fuera desviado al Aeropuerto Internacional de Querétaro y posteriormente cancelado tras más de 14 horas de espera.
En el vuelo venían más bebés y adultos mayores, así como personas de nacionalidad extranjera.
Aeroméxico afirmó mediante un documento oficial que no reembolsará el dinero correspondiente a los pasajeros del vuelo AM1053, procedente de Oaxaca, que quedó varado en el Aeropuerto Internacional de Querétaro cuando cubría la ruta Oaxaca–Ciudad de México.
La empresa rechazó la solicitud de reembolso al sostener que la cancelación obedeció a un evento no imputable a la aerolínea.
En una carta oficial respondió:
“Tras revisar su caso, confirmamos que la causa raíz de la interrupción de la operación fueron las condiciones meteorológicas adversas que afectaron al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México. Como parte de los protocolos de seguridad, el vuelo tuvo que ser desviado a Querétaro, ya que no era posible realizar el aterrizaje de manera segura”.
Sin embargo, en la misma respuesta Aeroméxico reconoció que el vuelo no pudo continuar por un problema relacionado con la tripulación:
“Si bien durante la contingencia fue necesario esperar el relevo de la tripulación debido al vencimiento de los límites máximos de jornada establecidos por la normativa aeronáutica, esta situación fue una consecuencia derivada de la interrupción inicial ocasionada por las condiciones meteorológicas. El cumplimiento de estos límites es un requisito indispensable para garantizar la seguridad de la operación y no puede ser exceptuado”.

En su primera respuesta reconocen el relevo de personal como parte del problema.
El pasajero asegura que nunca cuestionó la decisión de desviar el vuelo a Querétaro por razones de seguridad. Su reclamación se refiere exclusivamente a lo ocurrido después del aterrizaje, cuando —afirma— la propia aerolínea informó que no podía continuar el vuelo porque la tripulación había agotado su jornada laboral y no existía un relevo disponible.
Empleado de Aeroméxico explica que el problema radica en vencimiento de jornada laboral, causa atribuible a la empresa.
Esa explicación quedó registrada en una grabación en poder de EMEEQUIS, en la que se escucha a personal de tierra de Aeroméxico informar a los pasajeros que el vuelo no podía continuar debido a que la tripulación había concluido su jornada laboral.
La familia estaba integrada por una mujer embarazada, un bebé de apenas un año que necesitaba regresar esa misma noche a la Ciudad de México para recibir sus medicamentos, un niño de cinco años y la enfermera responsable de la atención del menor.
Según el pasajero, el caso comprende dos hechos distintos. El primero fue el desvío del vuelo por condiciones meteorológicas, una circunstancia extraordinaria cuya necesidad nunca cuestionó. El segundo ocurrió una vez en tierra, cuando —afirma— Aeroméxico informó que el vuelo ya no podía continuar por falta de una tripulación disponible, situación que derivó en horas de espera y, finalmente, en la cancelación.
Debido a la necesidad de que el bebé recibiera sus medicamentos, el pasajero presentó los reportes 06829706, 06829709 y posteriormente el 06831497, sin que —asegura— la aerolínea ofreciera una solución efectiva.
Ante la incertidumbre y la necesidad de garantizar que el menor recibiera sus medicamentos, la familia decidió abandonar el aeropuerto y regresar por carretera a la Ciudad de México por sus propios medios.

En la segunda respuesta al pasajero la empresa insiste en que no tiene por qué reembolsar.
El vuelo fue cancelado y los pasajeros recibieron el aviso hasta las 6:00 de la mañana del día siguiente. Hasta ese momento, los pasajeros llevaban alrededor de 14 horas desde el desvío a Quéretaro sin haber llegado a su destino final.
Posteriormente, la aeronave que había permanecido en Querétaro despegó rumbo a la Ciudad de México con otro número de vuelo, luego de que los pasajeros del AM1053 ya habían sido notificados de la cancelación, como verificó EMEEQUIS mediante la plataforma FlightAware.
“Ante la ausencia de una solución por parte de Aeroméxico, nos vimos obligados a regresar por carretera por nuestros propios medios para salvaguardar la salud y el bienestar de nuestra familia”, escribió el pasajero en su reclamación.
Asimismo, solicitó:
“El reembolso íntegro del importe pagado por ambas reservaciones (OIGBJJ y HUCDDE); el reembolso de los gastos razonables en que tuvimos que incurrir para regresar por carretera a la Ciudad de México; y la compensación que corresponda conforme a la Ley de Aviación Civil y demás disposiciones aplicables, derivada de la cancelación del vuelo y del incumplimiento del contrato de transporte”.
Aeroméxico respondió reiterando su postura:
“Entendemos su percepción respecto a los acontecimientos ocurridos en Querétaro; sin embargo, es importante señalar que, en la operación aérea, una sola situación puede modificar la programación prevista de un vuelo y generar efectos en cadena sobre el resto de la operación.
El relevo de la tripulación no constituye el origen de la disrupción, sino una consecuencia de un evento no imputable a la aerolínea. Asimismo, el cumplimiento de los tiempos máximos de servicio de las tripulaciones responde a disposiciones regulatorias obligatorias cuyo propósito es preservar la seguridad de la operación, por lo que no pueden ser excedidos”.

El aviso de cancelación de vuelo llegó hasta las 6 de la mañana del otro día.
¿QUÉ PASÓ?
De acuerdo con el testimonio del pasajero, el piloto informó que el aterrizaje tuvo que ser abortado debido a la saturación de la operación en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), por lo que la aeronave permaneció realizando maniobras de espera antes de ser desviada al Aeropuerto Internacional de Querétaro.
Una vez en Querétaro, los viajeros permanecieron dentro de la aeronave mientras esperaban autorización para continuar el vuelo.
Según la reclamación presentada por el pasajero, permanecieron alrededor de una hora dentro del avión, con las puertas abiertas, soportando altas temperaturas y sin que Aeroméxico proporcionara agua, alimentos u otra atención básica, pese a que entre los pasajeros había bebés, niños pequeños, adultos mayores y personas con necesidades especiales.
Posteriormente, Aeroméxico informó que el viaje no podría continuar de inmediato y pidió a los pasajeros descender del avión.
Los afectados denunciaron permanecer durante varias horas en condiciones de incertidumbre. Entre los viajeros había bebés, niños pequeños y pasajeros con conexiones internacionales, quienes —aseguran— no recibieron información clara sobre la reanudación del servicio.

Los pasajeros del vuelo a CDMX.
De acuerdo con la reclamación, personal de Aeroméxico informó reiteradamente que no existía certeza sobre la hora de salida porque la empresa no contaba con una tripulación disponible para continuar la operación. El vuelo fue anunciado primero para las 22:00 horas, después reprogramado para las 00:40 y posteriormente volvió a retrasarse, sin que —según el pasajero— existiera información clara, oportuna o una alternativa efectiva para los viajeros.
Según el pasajero, el personal de mostrador mantuvo un trato que calificó como déspota, limitándose a indicar permanecer en la sala de espera, sin proporcionar horarios confiables ni alternativas de transporte.


La Ley de Aviación Civil (LAC) estipula que la empresa debe responsabilizarse por retrasos atribuibles a ella y compensar a los pasajeros.
Ante esa incertidumbre y considerando que el bebé debía recibir medicamentos esa misma noche, además del embarazo de su esposa y la presencia de un niño de cinco años, la familia decidió regresar por carretera a la Ciudad de México.
El pasajero sostiene que, de no haber tomado esa decisión, su familia habría permanecido varada hasta el día siguiente sin una solución cierta por parte de la aerolínea.
El pasajero asegura que durante varias horas Aeroméxico atribuyó el retraso a la falta de tripulación, explicación que —afirma— fue comunicada directamente por personal de tierra y quedó registrada en una grabación en poder de EMEEQUIS. Sin embargo, al responder formalmente la reclamación, la empresa atribuyó toda la interrupción exclusivamente a las condiciones meteorológicas. A juicio del cliente, esa diferencia entre la explicación operativa ofrecida en Querétaro y la postura jurídica asumida posteriormente constituye la principal controversia del caso.
El vuelo inició el domingo por la tarde y tras retrasos y cancelaciones los pasajeros que optaron por quedarse en Querétaro llegaron a CDMX hasta el lunes por la mañana.
LO QUE DICE LA LEY
La Ley de Aviación Civil, en su artículo 47 Bis, prevé compensaciones y reembolsos de acuerdo con el tiempo de retraso. También establece la obligación de mantener informados a los pasajeros durante toda la contingencia y de brindarles un trato digno.
El inciso b establece que, cuando la demora supera las cuatro horas y sea atribuible a la aerolínea, la persona pasajera tendrá derecho a las opciones correspondientes y, en su caso, a la indemnización prevista para la cancelación del vuelo.
Asimismo, la legislación señala que las aerolíneas deben informar de manera rápida y expedita cualquier cambio en el itinerario, así como proporcionar a los pasajeros la información necesaria para que puedan tomar decisiones oportunas durante una contingencia.
Será la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) la que determine si, en este caso, existía obligación de reembolso o compensación.
EMEEQUIS solicitó una postura a Aeroméxico. Al cierre de esta edición, la empresa no respondió, a pesar de que Arturo Cerda, funcionario de atención a prensa, había dicho que se emitiría una postura.

EL CONTEXTO
Aeroméxico es una de las aerolíneas más importantes de México, con operaciones nacionales e internacionales. La compañía forma parte de Grupo Aeroméxico, entre cuyos principales accionistas se encuentra el empresario Eduardo Tricio Haro. El Consejo de Administración es presidido por Javier Arrigunaga Gómez del Campo, mientras que la Dirección General está encabezada por Andrés Conesa Labastida.
La controversia por la negativa al reembolso ocurre en un momento en que la empresa reportó ingresos récord durante el segundo trimestre de 2026 y una sólida posición de liquidez, aunque también informó una pérdida neta atribuida principalmente al incremento en los costos de combustible.
En ese contexto, el caso abre el debate sobre hasta dónde una aerolínea puede trasladar las consecuencias de sus presiones operativas a los pasajeros cuando estos consideran que sus derechos fueron vulnerados.
IMPLICACIONES
El caso abre un debate sobre el alcance de la responsabilidad de las aerolíneas cuando un vuelo se desvía inicialmente por causas meteorológicas, pero posteriormente enfrenta problemas operativos propios, como la falta de tripulación disponible.
Mientras Aeroméxico sostiene que toda la interrupción fue consecuencia del evento meteorológico original, el pasajero afirma que ambas situaciones deben analizarse por separado y que la cancelación final obedeció a una causa atribuible a la empresa.
Más allá de la controversia jurídica, el caso pone sobre la mesa una cuestión que será clave para Profeco: si una contingencia meteorológica exime a una aerolínea de responsabilidad incluso cuando, horas después, la operación queda detenida por falta de tripulación y el vuelo termina cancelado.
La resolución del caso podría contribuir a definir hasta dónde llega la responsabilidad de una aerolínea cuando una circunstancia extraordinaria deriva posteriormente en una falla operativa propia. Al mismo tiempo, deja abiertas diversas preguntas de interés público: si el problema que finalmente impidió continuar la operación fue la falta de una tripulación disponible, ¿por qué Aeroméxico sostiene que toda la afectación obedeció exclusivamente a las condiciones meteorológicas? Si el vuelo fue cancelado tras más de 14 horas de espera, ¿por qué los pasajeros no fueron reubicados en otro vuelo hacia la Ciudad de México o trasladados vía terrestre? ¿Qué asistencia especial recibió la pasajera embarazada y el bebé de un año que, de acuerdo con la reclamación, necesitaba regresar esa misma noche para recibir sus medicamentos? Y si la aeronave pudo despegar horas después con otro número de vuelo, ¿por qué los pasajeros del AM1053 ya habían sido notificados de la cancelación y no fueron transportados en esa misma aeronave?
CRONOLOGÍA DEL RETRASO
- 15:10 (12 de julio): despega de Oaxaca.
- 16:00: aborta la aproximación al AICM.
- 16:40: aterriza en Querétaro.
- Posteriormente: personal de Aeroméxico informa a los pasajeros que la tripulación concluyó su jornada laboral y que el vuelo no podía continuar hasta la llegada de un relevo.
- 22:00: primera hora prometida para despegar.
- 00:40 (13 de julio): nuevo retraso.
- 06:00: (13 de julio) Aeroméxico notifica la cancelación del vuelo.
- Horas después: la aeronave despega de Querétaro rumbo a la Ciudad de México con otro número de vuelo.
LAS QUEJAS ANTE PROFECO
En 2024 se registraron 699 quejas contra aerolíneas en México. Aeroméxico acumuló 208, la segunda cifra más alta, solo por debajo de VivaAerobus.
En 2025, Aeroméxico registró alrededor de 503 quejas ante Profeco, ubicándose entre las empresas con más reclamaciones del país.
Durante periodos vacacionales y operativos de verano, la aerolínea suele aparecer entre las empresas con mayor número de reclamaciones. Entre las causas más frecuentes se encuentran las cancelaciones, los retrasos, las negativas de reembolso, los cambios de itinerario y los problemas con el equipaje.
La resolución del caso podría contribuir a definir hasta dónde llega la responsabilidad de una aerolínea cuando una circunstancia extraordinaria deriva posteriormente en una falla operativa propia. Lo que determine Profeco no sólo resolverá la reclamación de esta familia, sino que podría sentar un criterio relevante para miles de pasajeros que enfrenten situaciones similares en el futuro.
@emeequis
