Morena se divide entre corridos y libertad de expresión

Sheinbaum y Luisa Alcalde se declaran en contra de prohibir, mientras que Ricardo Monreal anuncia que se comenzará a debatir en San Lázaro la iniciativa de incluir corridos violentos en el Código Penal por incitar al delito.

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14 DE ABRIL DE 2025
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Corridos: Monreal los quiere llevar al Pleno y Sheinbaum educar.

EMEEQUIS.– Primero fueron imágenes de “El Mencho” en un concierto de Los Alegres del Barranco el 29 de marzo en Guadalajara. Luego este fin de semana en Texcoco la irrupción del público al palenque ante la negativa del cantante Luis R. Conríquez de interpretar corridos tumbados. 

Ahora en San Lázaro Morena pretende englobar ese tipo de manifestaciones artísticas dentro del delito de apología del delito contemplado en el artículo 208 del Código Penal. 

Por la mañana, la presidenta Sheinbaum especificó que está en contra de las letras machistas, violentas y misóginas, pero que no plantearía su prohibición. 

“No prohibimos un género musical, pues eso sería absurdo. Lo que estamos planteando es que las letras no hagan apología de las drogas, de la violencia, de la violencia contra las mujeres o de ver una mujer como un objeto sexual.

“Todo esto es parte de lo que queremos que se haga una conciencia social en nuestro país y que poco a poco deje de construirse pues los corridos, los corridos tumbados, las bandas, etcétera, vinculados con estos temas”.

Y esta tarde Ricardo Monreal, coordinador de los diputados morenistas, avaló la iniciativa de su correligionario Arturo Ávila de añadir unos párrafos a ese artículo del Código Penal. 

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“Sobre la iniciativa que se presentó por el ínclito el preclaro legislador Arturo Ávila. Se va a dictaminar, pero ayer expresaba la presidenta Claudia en Aguas Calientes una declaración decía: ‘yo no he prohibido y no es prohibir por prohibir, sino que vayamos generando una cultura de no crear apología de la violencia, apología del crimen, apología del delito”.

Monreal quiere acelerar el proceso.

Esto opinó Monreal sobre el método de Sheinbaum, que en ningún momento habló de tipificar un delito: “Ella hablaba de un proceso más largo para evitar hechos como el de Texcoco en el que hubo violencia porque uno de los cantantes se negó a cantar los corridos que involucran el crimen organizado.

“Entonces, para evitar ese tipo de manifestaciones violentas se requiere educación, se requiere una cultura y se requiere comenzar con las nuevas generaciones de buscar cómo no usar este tipo de manifestaciones artísticas para la apología del delito.

“Entonces aquí lo vamos a concluir el proceso, está en la comisión, creo que la de justicia, y seguramente estarán dictaminando en los próximos días”.

Al respecto, la presidenta de Morena, Luisa María Alcalde, expresó en X una opinión similar a la de la presidenta y contraria a la de Monreal: “En @PartidoMorenaMx apostamos porque los cambios deben darse a través de la revolución de las conciencias, no por imposición.

“No se trata de prohibir los narc0corridos, se trata de hacer conciencia del impacto que generan en nuestra sociedad cuando hacen apología de la vi0lencia, de las dr0gas y del machismo.

“Nada por la fuerza todo por la razón. La música regional mexicana tiene un gran potencial transformador”.

Mientras que el autor de la iniciativa, Arturo Ávila, aclaró que su propuesta ya está en el artículo 208 del Código Penal y sólo habría que agregarle unos párrafos. 

“Esta iniciativa no prohíbe nada, el artículo 208 del código penal federal ya existe, lo que propongo es adicionar un párrafo exactamente en el sentido de lo mencionado hoy por nuestra Presidenta: @Claudiashein; abrir el debate acerca de cómo regular los contenidos que hagan apología del delito y que glorifiquen e inciten a actitudes ilícitas y violencia contra las mujeres. ¡Que vivan los corridos tumbados!”. 

LO QUE DICE LA LEY

El artículo 208 del Código Penal Federal considera apología del delito: 

“Al que provoque públicamente a cometer un delito, o haga la apología de éste o de algún vicio, se le aplicarán de diez a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad, si el delito no se ejecutare; en caso contrario se aplicará al provocador la sanción que le corresponda por su participación en el delito cometido”.

El Código Penal de la Federación.

Mientras que el artículo 6 de la Constitución garantiza la libre expresión de ideas con sus límites: 

“La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado”.

La Constitución.

@emeequis

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