Las consecuencias legales del perdón de la esposa de Víctor Rodríguez Padilla

El especialista Gabriel Regino señala  que, tras el perdón de la esposa, el escenario más probable en el caso de Víctor Rodríguez Padilla es que la defensa solicite una suspensión condicional del proceso. Considera que las posibilidades de que Rodriguez Padilla siga en la cárcel  son pocas. 

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Imágenes de la audiencia de vinculación de este lunes (Azucena Uresti).

EMEEQUIS.– Aunque el exdirector de Petróleos Mexicanos, Víctor Rodríguez Padilla, fue vinculado a proceso por violencia familiar, el perdón otorgado por su esposa, María Felicia Jiménez, podría modificar el desenlace del caso. 

Para el abogado penalista y profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM, Gabriel Regino García, la legislación contempla mecanismos para concluir el proceso sin llegar a juicio, siempre que se cumplan determinadas condiciones. 

Agrega que las posibilidades de que Rodriguez Padilla siga en la cárcel  son poco probables. 

“Se puede optar por esta salida siempre y cuando se repare el daño ocasionado a la víctima y la persona procesada se comprometa, durante seis meses, a no verse involucrada en otro proceso penal y a cumplir con las restricciones que le imponga el juez, como no acercarse a la víctima, abandonar el domicilio conyugal, entre otras.

“Si al término de esos seis meses se han cumplido todas esas condiciones, el proceso penal se extingue y es como si nunca hubiera existido, ya que no genera siquiera antecedentes penales. Esa es la resolución que podemos esperar para la audiencia de mañana (martes 14 de julio)”, explicó.

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Luego de que la jueza Consuelo Adriana Correa Ortiz determinara continuar el proceso penal al tratarse de un delito perseguido de oficio, el especialista sostiene que existe una diferencia entre el inicio de una investigación y las formas en que ésta puede concluir.

“De oficio significa que no se necesita una querella para iniciar la investigación. No significa que el proceso se va a mantener vivo hasta el final sin posibilidad de terminar por otras vías”, explica respecto a la decisión de la jueza quien decidió vincular a proceso a Victor pese a que María Felicia Jiménez otorgó el perdón. 

SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO

Regino señala  que, en este caso, el escenario más probable es que la defensa solicite una suspensión condicional del proceso, una figura prevista en el sistema penal acusatorio para delitos cuya pena permita acceder a este beneficio.

De acuerdo con el abogado, esta salida alterna exige, entre otros requisitos, que exista una reparación del daño aceptada por la víctima y que el imputado cumpla durante un periodo determinado con las condiciones fijadas por el juez, como no acercarse a la víctima, abandonar el domicilio familiar o asistir a tratamientos especializados.

“Si después de ese plazo se cumplen las condiciones impuestas, el proceso concluye y no genera antecedentes penales”, apunta.

Para Gabriel Regino las probabilidades de que Víctor Rodríguez Padilla permanezca en prisión preventiva o eventualmente cumpla una sentencia en la cárcel son reducidas. 

CIUDAD DE MÉXICO, 13DICIEMBRE2023.- Gabriel Alejandro Regino García, experto penalista. FOTO: CUARTOSCURO.COM

Explicó que, si las negociaciones entre las partes se prolongan, la defensa aún puede solicitar la modificación de la medida cautelar por otras menos restrictivas, como el uso de un brazalete electrónico, el arresto domiciliario, la entrega del pasaporte o la firma periódica ante la autoridad judicial. 

Además, considera que, por las características del delito y la posibilidad de acceder a una suspensión condicional del proceso, “es muy difícil que se mantenga en prisión; lo más seguro es que termine el proceso y el señor regrese a su casa”, siempre que se cumplan las condiciones legales y el acuerdo con la víctima.

¿PUEDE IGNORARSE EL PERDÓN?

El penalista cuestionó la interpretación realizada durante la audiencia, donde la jueza sostuvo que el proceso debía continuar por tratarse de un delito perseguido de oficio. A su juicio, el hecho de que el Estado esté obligado a investigar no significa que desaparezcan las salidas alternas previstas por la Constitución y el Código Nacional de Procedimientos Penales.

“La Constitución establece que debe privilegiarse la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales. Si la víctima otorga el perdón y ya no desea continuar, esa manifestación no puede quedar en oídos sordos”, afirma. 

En ese sentido, señala que el perdón es una facultad que corresponde exclusivamente a la víctima y no al Ministerio Público ni al juzgador. 

No obstante, enfatiza que toda víctima de violencia debe contar con acompañamiento jurídico y psicológico durante el proceso para que cualquier decisión sea tomada de manera libre e informada.

Respecto a la estrategia de la defensa, que durante la audiencia cuestionó la autenticidad del video difundido por María Felicia Jiménez al señalar que no fue obtenido directamente del sistema original de videovigilancia, el abogado consideró que ello no compromete, por ahora, la investigación.

Explica que la etapa de vinculación a proceso requiere únicamente datos de prueba suficientes para presumir la comisión de un delito y que el video constituye sólo uno de varios elementos de la carpeta.

“La denuncia de la víctima, las evaluaciones psicológicas, los testimonios y otros datos de prueba pueden sostener la investigación. El video no es la prueba reina”, indica.

Para el especialista, el debate sobre la autenticidad y la cadena de custodia del material audiovisual podría cobrar relevancia únicamente si el asunto llegara a la etapa de juicio oral.

A pesar de las críticas en redes sociales porque el exdirector de Pemex podría librar un castigo severo, Regino señala que el juez podría optar por: “Pórtese bien durante seis meses, no vuelva a meterse en broncas legales, no moleste a la víctima, salga del domicilio conyugal, vaya a un tratamiento para el control de la ira y listo.” 

Mientras tanto, el proceso contra el exdirector de Pemex continuará con la investigación complementaria ordenada por la jueza, aunque, desde la óptica del penalista, la suspensión condicional del proceso sigue siendo la salida jurídica con mayores posibilidades de concretarse.

María Felicia Jiménez Lavié, doctora en ingeniería, denunció públicamente y de manera legal al exfuncionario por violencia doméstica, tras difundir el 26 de junio un video en el que es agredida físicamente frente a su hijo menor. Los hechos ocurrieron el 18 de marzo en Morelos, cuando Rodríguez Padilla todavía era director de Pemex (dejó el cargo en mayo).

@MarRome259

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