Ahora resulta: Gas Bienestar no está obligada a transparentar sus actividades

A pesar de que utiliza recursos públicos, tanto en su marca, como en su operación, la ciudadanía no puede conocer los estados financieros, contratos o plantilla laboral de Gas Bienestar. ¿Las empresas filiales no están obligadas a informar? ¿Qué esconden?

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25 DE MARZO DE 2022
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EMEEQUIS.– A pesar de ser una empresa del gobierno de México, Gas Bienestar, debido a una serie de argucias legales, NO está obligada a transparentar sus actividades, de acuerdo con la Ley General de Transparencia. 

Basada en su propia interpretación legal, se niega a proporcionar información sobre sus operaciones.

En la mañanera del 7 de julio de 2021, el presidente Andrés Manuel López Obrador aceptaba que no había sido capaz de evitar que el precio del gas LP subiera más que la inflación. 

Dio a conocer que el día anterior había tomado la decisión de “crear una empresa para distribuir gas a precio justo, Gas Bienestar se va a llamar”. Con esto daba la instrucción para que naciera una nueva empresa del Estado para que, según dijo ese día, se distribuyeran cilindros de 20 y 30 kilos de gas a precios bajos en las colonias.

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El presidente explicó que existe un control de las compañías gaseras que impiden que el precio baje, en especial en las colonias donde vive la gente pobre. Ese día detalló que se crearía una empresa especial que dependería de Pemex. “Se van a comprar vehículos, se van a poner gaseras o en las instalaciones que tiene Pemex se van a instalar equipos, se va a comprar los cilindros, vehículos, ahora sí”.

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COMENZÓ DE MANERA EXTRAÑA

La empresa se constituyó formalmente el 26 de julio de ese mismo año, 20 días después de la decisión del presidente, bajo el nombre de “Gas Bienestar, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable” (SRL de CV) en la Ciudad de México, ante el notario público número 65.

Pemex eligió a dos de sus filiales en el extranjero, MEX GAS SUPPLY SL y MEX GAS INTERNACIONAL SL para que constituyeran la naciente empresa que había ordenado el Ejecutivo federal. La primera con un capital de 500 pesos y la segunda con un patrimonio invertido de 599 millones 999 mil 500 pesos para sumar un total de 600 millones de pesos como capital social inicial.

Petróleos Mexicanos eligió a José Manuel Chávez de la Parra, servidor público adscrito a Pemex Transformación Industrial, como subdirector comercial, para que fungiese como presidente de consejo de gerentes, órgano definido como la máxima autoridad de Gas Bienestar. 

También integran dicho consejo el capitán Eduardo Padilla Yebra, sobre quien pesa una investigación por parte de la FGR por acciones durante el sexenio pasado. También Iyadalid Martínez Domínguez y Miguel Ángel Miranda Mendoza, todos servidores públicos en ejercicio adscritos a Pemex.

La nueva empresa del Estado no fue conformada mediante un decreto o instrumento de la administración pública que determinara sus funciones, su objeto, sus alcances, su cuerpo de gobierno y, en general, los lineamientos sobre los que se rigen las acciones de gobierno, encaminadas a garantizar la eficiencia, transparencia, austeridad. 

En especial, la utilidad pública.

Su constitución se limita a una escritura pública ante notario, regida por la ley de sociedades mercantiles, en la que, como cualquier organización privada, se establece su objeto social, que comprende 23 apartados. 

Aseguran que Gas Bienestar no maneja recursos públicos, pero depende de Pemex. 

¿LAS EMPRESAS FILIALES NO SON ENTIDADES PARAESTATALES?

Cuando se preguntó vía Transparencia los costos de la inversión que se llevó a cabo para la puesta en marcha de la gasera del Estado, en especial lo erogado en los vehículos, equipos y cilindros que ofreciera el presidente, la respuesta por parte de la administración de López Obrador fue: “Se precisa que de conformidad con el artículo 61 de la Ley de Petróleos Mexicanos, las empresas filiales no son entidades paraestatales y tienen naturaleza jurídica y se organizan de conforme al derecho privado del lugar de su constitución y creación”. 

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En el caso concreto de Gas Bienestar, S. de R.L. de C.V., esta sociedad se regula por la Ley Federal de Sociedades Mercantiles y no maneja recursos públicos para llevar a cabo su administración y objeto social.

Asimismo, destaca que, en términos del marco funcional establecido por el artículo 119 del Estatuto Orgánico de Petróleos Mexicanos, “la información requerida por el solicitante no forma parte de la documentación que deba encontrarse en los archivos de la Gerencia de Planeación y Seguimiento a Empresas Filiales.”

A pesar de constituirse por una instrucción presidencial, que el registro de marca (aún en litigio) haya sido solicitado directamente por Petróleos Mexicanos, que las empresas que la constituyeron sean subsidiarias al 100% de una empresa paraestatal, que sus directivos sean todos servidores públicos, y que los informes de su constitución y detalles de su puesta en marcha hayan sido expuestos por el director de Pemex, Octavio Romero, el 31 de agosto de 2021 en la mañanera del presidente… Para efectos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, NO ES SUJETO OBLIGADO. 

Es decir: a pesar de que ostensiblemente utiliza recursos públicos, tanto en su marca, como en su operación, la ciudadanía no puede conocer ni sus estados financieros, ni sus contratos, ni su plantilla laboral, ni sus indicadores. Para efectos de la Presidencia de la República, es un organismo PRIVADO que opera con independencia de la administración pública.

Registro público de Gas Bienestar. 

MARCA EN LITIGIO

La marca comercial “GAS BIENESTAR” se encuentra en litigio. Fue presentada para su registro por Pemex el 23 de julio de 2021, tres días antes que se constituyera la persona moral con las subsidiarias extranjeras de Petróleos Mexicanos. 

En el registro ante el IMPI se establece Pemex como razón social.

Sin embargo, un día después de que el presidente hiciera el anuncio en la mañanera, dos ciudadanos, de manera separada, hicieron la solicitud de registro ante el IMPI.  

A la fecha aún no se ha determinado quién es el propietario de la marca comercial, pero la solicitud se hizo a nombre de Pemex que, según la Ley de Transparencia, sí es sujeto obligado, para efectos de informar a la ciudadanía sobre las obligaciones contenidas en la ley respectiva.

@salamillab



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