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Magnicharters y su piloto: lo que dice la ley sobre ambos

¿Qué pasará tras el incidente de Magnicharters? El Código Penal Federal prevé sanciones incluso cárcel por interrumpir un vuelo, mientras que la Ley Federal del Trabajo multa a empresas que no cubren salarios de sus empleados. 

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El piloto interrumpió el vuelo en protesta por falta de pagos y los pasajeros reclamaron por ver frustrado su vuelo.

EMEEQUIS.– Tras el incidente con Magnicharters ocurrido este viernes en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, que involucró a un piloto, identificado como Edgar Macías González, las consecuencias legales podrían caer sobre ambos, el primero por interrumpir operaciones aéreas y la empresa por presuntamente no pagar a sus empleados.

El piloto se atrincheró en la cabina de un Boeing 737 del vuelo GMT 780 con destino a Cancún, después de que pasajeros ya habían abordado. El piloto protestó por adeudos salariales de varios meses (reportes mencionan hasta cinco meses de sueldos y aguinaldos pendientes para él y otros trabajadores).

Explicó la situación a los pasajeros a través del altavoz, denunciando irregularidades laborales en la aerolínea (como falta de pagos a decenas o cientos de empleados), así como una falla menor en una puerta que debía revisarse. 

Aunque algunos medios y pasajeros lo describieron inicialmente como un “secuestro” de la aeronave, generando alarma y videos virales en redes sociales, la realidad es que, en s u mensaje por el intercomunicador, el piloto les aclaró que el vuelo no saldría hasta que resolviera la situación y que los pasajeros eran libres de bajarse. 

Autoridades activaron protocolos de seguridad, con intervención de la Secretaría de Marina (Semar) y Guardia Nacional. Evacuaron a los pasajeros sin heridos reportados, aunque hubo retrasos y cancelación del vuelo, además de gritos y protestas. 

Detuvieron al piloto pacíficamente y lo pusieron a disposición de las autoridades.

La Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), a través de la Comandancia del Aeropuerto, investiga el incidente. El AICM confirmó que informará oportunamente sobre los resultados. 

“Aproximadamente a las 14:16 (hora local) después de que el piloto detectó un problema menor en la aeronave durante el despegue el vuelo se canceló y el avión regresó a rampa para resolver el problema técnico. Una vez solucionado, se presentó una tripulación de reemplazo, por lo que el piloto relevado decidió hacer una serie de declaraciones a los pasajeros.

“En apego a los protocolos de seguridad, se presentaron autoridades de la AFAC y de la Unidad Naval de Protección Aeroportuaria para atender el incidente”, informó la AFAC en comunicado conjunto con Comunicaciones y Transportes.

La aerolínea Magnicharters ha guardado silencio y no ha emitido un comunicado oficial sobre las acusaciones laborales ni sobre el evento hasta el mediodía del sábado, mientras usuarios de redes sociales criticaban su falta de empatía por no pagar a sus empleados.

No hay reportes de nuevas actualizaciones significativas, como resoluciones legales para el piloto, pagos de adeudos o sanciones a la compañía. 

Este caso ha traído a la superficie problemas laborales en la aerolínea, que enfrenta críticas previas por condiciones de trabajo y flota. 

CONSECUENCIAS LEGALES

Para el piloto.– Interrumpir un vuelo tiene consecuencias legales previstas en el Código Penal Federal (CPF). El artículo 170 señala que podría hacerse acreedor a un mínimo de tres años de prisión: “Asimismo se impondrán de tres a veinte años de prisión y multa de cien a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de la pena que corresponda por otros delitos que cometa, al que mediante violencia, amenazas o engaño, se apodere o ejerza el control de una plataforma fija, instalaciones o servicios de navegación aérea o marítima o de aeropuertos que presten servicios a la aviación civil; así como de una nave, aeronave, máquina o tren ferroviarios, autobuses o cualquier otro medio de transporte público colectivo, interestatal o internacional, o los haga desviar de su ruta o destino”.

Artículo 170 del Código Penal Federal.

De acuerdo a los videos que circulan en redes sociales, el piloto nunca usó la violencia, porque indicó a los pasajeros que podían bajar, sin embargo, tomó atribuciones indebidas para cambiar los planes de vuelo. 

Por otra parte, Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC), como autoridad reguladora, podría revocar o suspender su licencia de piloto por violar normas de seguridad aérea (Ley de Aviación Civil, artículos 62 y 63). Se reporta que el piloto fue despedido por la empresa. 

Para la empresa.– De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), si fueran ciertos los alegados del piloto sobre adeudos de hasta cinco meses de salarios y viáticos, la aerolínea podría enfrentar diversas repercusiones legales derivadas principalmente de violaciones laborales, ya que el impago de salarios es una falta grave al Artículo 132 de la LFT (obligaciones del patrón, como pagar salarios oportunamente). 

El evento podría desencadenar investigaciones por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) o demandas individuales o colectivas. La LFT impone sanciones por incumplir obligaciones salariales (Art. 132, fracción II). Para violaciones generales de remuneración o jornada laboral (Art. 1000), las multas oscilan entre 250 y 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA; en 2025, una UMA diaria ≈ $108.57, por lo que el rango es $27,142 a ~$542,850). Si se trata de no pago de salarios mínimos o falseo de comprobantes (Art. 1004), las multas pueden llegar a 3,200 UMA ($347,424), con posible duplicación por reincidencia en dos años (Art. 992). La STPS podría iniciar inspecciones (Art. 1004-A), con multas adicionales de 250-5,000 UMA por obstrucción.

Sanciones regulatorias: Como aerolínea, Magnicharters está sujeta a la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC). Si el impago afecta la seguridad operativa (p. ej. pilotos protestando por deudas, como en este caso), podría haber suspensiones o revocaciones de permisos bajo la Ley de Aviación Civil. Además, si involucra subcontratación ilegal (Art. 15-B LFT), multas de 250-2,500 UMA por trabajador afectado, o hasta 50,000 UMA (~$5,428,500) por simulación de servicios especializados (Art. 1004-C)

@emeequis



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