Da TEPJF al INE 5 días para normar actividades del Frente Amplio por México

En contra del proyecto de la magistrada Janine Otalora que pretendía invalidar las actividades del grupo político y las de Morena, sus compañeros prefirieron otorgarle al INE la responsabilidad de poner límites a las actividades que realizan los aspirantes a la Presidencia de la República

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19 DE JULIO DE 2023
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EMEEQUIS. El Tribunal Electoral dio un plazo de cinco días al INE para emitir los lineamientos generales y de fiscalización a los procesos intrapartidistas para elegir al representante de la 4T y del Frente Amplio por México rumbo al 2024.

La mayoría de integrantes del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó el proyecto de la magistrada Janine Otálora que pretendía invalidar la creación del Frente Amplio por México, y en su lugar le dio su respaldo, así como su convocatoria para buscar coordinador rumbo a los trabajos del proceso electoral del próximo año.

En primer lugar, los integrantes de la Sala Superior, Indalfer Infante y Felipe Fuentes, votaron en contra del proyecto que pretendía invalidar las actividades de la asociación del Partido Acción Nacional (PAN), el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), así como algunas asociaciones civiles al considerar que podría darse un fraude electoral.

Posteriormente, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón también se manifestó en contra, aunque dijo que el juicio que presentó la dirigencia del Partido del Trabajo (PT) era procedente; sin embargo, propuso no suspender la convocatoria ni el proceso y, en cambio, solicitar al Instituto Nacional Electoral (INE) emitir una serie de lineamientos para regular el trabajo de la oposición y del oficialismo.

El magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón dijo que suspender el acuerdo del Frente Amplio sería una “solución jurídica excesiva”, es para dar regulaciones y límites.

“Sería una solución jurídica excesiva una suspensión total, porque están vigentes las prohibiciones de que no se realice propaganda electoral o expresiones de actos anticipados de campaña o precampaña”, dijo.

Ante la propuesta de cambios, Fuentes e Infante estuvieron de acuerdo con los cambios que propuso Rodríguez Mondragón, al considerar que la ciudadanía tiene derecho a conocer a las personas que aspiran a un cargo de elección popular; sin embargo, la autora del proyecto votó en contra de los cambios.

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¿CUÁL FUE EL FALLO?

Durante la sesión de este miércoles, el TEPJF en la materia validó la convocatoria del Frente Amplio por México y no se deberán de suspender las actividades que ya se tienen previsto, con lo cual se aprobó la creación de la alianza opositora y sus trabajos rumbo al proceso electoral del próximo año.

Aunado a lo anterior, se instó al Consejo General de la autoridad electoral a emitir una serie de lineamientos generales que regulen y fiscalicen los procesos internos de los partidos o alianzas.

Janine Otálora reaccionó a la votación en contra de su proyecto. Minutos después de que concluyó la sesión, la magistrada utilizó su cuenta de Twitter para explicar el porqué de su proyecto, pese a que fue votado en contra por el resto de los integrantes de la sala que estuvieron presentes en la reunión del 19 de julio.

En un primer momento, Otálora reconoció que los partidos políticos tienen la libertad de autoorganización y autodeterminación para definir su organización interna, lo que incluye la postulación de candidaturas a cargos de elección popular.

“Sin embargo, sería contrario a derecho que, en ejercicio de estas facultades partidistas, se pretendiera inobservar la normativa prevista en la ley electoral en materia de procedimientos de selección de candidaturas a cargos de elección popular”, se pudo leer.

Aunado a lo anterior, la magistrada indicó que el procedimiento que está realizando tanto la alianza de oposición como los partidos de la Cuarta Transformación podría ser considerado un fraude a la ley, por lo que consideró que las conductas deben de ser frenadas.

 @emeequis

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