Florencia Melany Franco Fernández, Directora General de Coordinación en la SHCP e identificada mediáticamente por una fotografía en Palacio Nacional, se encuentra en el centro de la polémica tras revelarse su millonaria red de ingresos privados que asciende a 4.2 millones de pesos anuales. Según su declaración patrimonial de 2025, la funcionaria percibe 100 mil pesos mensuales por asesorar a Grupo Ambrosía, empresa que ha obtenido contratos gubernamentales por más de 4.4 millones de pesos mediante adjudicaciones directas en diversas dependencias y alcaldías. Esta dualidad entre su alto cargo público y su actividad como consultora de contratistas vigentes ha levantado alertas sobre un presunto conflicto de interés, lo que podría representar una violación a los artículos 37 y 52 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Empresas fantasma participan en desvío en Hidalgo ¡y reciben exenciones fiscales!
Participaron en el probable desvío de 141.2 millones de pesos en el Sistema de Radio y Televisión de Hidalgo (SRTH) a través de la dispersión de recursos y emisión de facturas sin proporcionar servicios, pero sí se beneficiaron con perdones fiscales que superan los mil millones de pesos, tanto por impuestos como multas. Algunas involucradas en la llamada “La Estafa Maestra”
Florencia Melany Franco Fernández, Directora General de Coordinación en la SHCP e identificada mediáticamente por una fotografía en Palacio Nacional, se encuentra en el centro de la polémica tras revelarse su millonaria red de ingresos privados que asciende a 4.2 millones de pesos anuales. Según su declaración patrimonial de 2025, la funcionaria percibe 100 mil pesos mensuales por asesorar a Grupo Ambrosía, empresa que ha obtenido contratos gubernamentales por más de 4.4 millones de pesos mediante adjudicaciones directas en diversas dependencias y alcaldías. Esta dualidad entre su alto cargo público y su actividad como consultora de contratistas vigentes ha levantado alertas sobre un presunto conflicto de interés, lo que podría representar una violación a los artículos 37 y 52 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

