TEPJF alista desechar recurso extemporáneo de Loretta Ortiz

El TEPJF perfila desechar el recurso SUP‑REP‑83/2025 de Loretta Ortiz Ahlf por presentarlo 1 h 20 m fuera del plazo de 48 h tras la notificación por estrados electrónicos el 14 de abril. Ortiz sostiene que la notificación válida fue la recibida por correo a las 13:58 h, pero el magistrado Felipe de la Mata rechaza este argumento y confirma que el cómputo inició con la publicación en estrados.

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18 DE ABRIL DE 2025
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EMEEQUIS.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) está próximo a desechar el recurso SUP-REP-83/2025 presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, al haber sido interpuesto fuera del plazo legal de 48 horas. Según el proyecto de sentencia del magistrado Felipe de la Mata Pizaña —difundido el 17 de abril—, la impugnación llegó 1 hora con 20 minutos después de vencido el término establecido por la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

PLAZO LEGAL Y NOTIFICACIONES
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE notificó la medida cautelar —que ordena retirar las publicaciones sobre el evento del 30 de marzo organizado por el Sindicato Mexicano de Electricistas— el lunes 14 de abril a las 12:05 h por estrados electrónicos. De acuerdo con la ley, desde ese momento corrían 48 horas para acudir al TEPJF. Ortiz presentó su recurso el miércoles 16 de abril a las 13:25 h, cuando el plazo había concluido a las 12:05 h de ese mismo día.

ARGUMENTO DE LA MINISTRA Y RECHAZO

Ortiz Ahlf sostiene que la notificación válida fue vía correo electrónico, recibido a las 13:58 h del 14 de abril, y que por ello su impugnación estaba a tiempo. El proyecto de sentencia rechaza ese argumento: el correo se envió solo después de que no se localizara a Ortiz en su domicilio procesal, por lo que la notificación oficial seguirá siendo la de estrados, que marcó el inicio del cómputo del plazo.

CONSECUENCIAS Y SIGUIENTES PASOS

Si la Sala Superior aprueba este proyecto, la impugnación será desechada y las medidas cautelares del INE permanecerán vigentes, lo que implica la eliminación definitiva de todos los contenidos relacionados con el evento. Posteriormente, el tribunal resolverá de fondo si hubo promoción indebida de la candidatura, uso de recursos privados o violación de las reglas de equidad en la contienda.

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