Arlin, Ernesto, Sol, Carlos, Diego y Laura fueron detenidos por Israel en aguas internacionales por el simple hecho de llevar ayuda humanitaria a Gaza. Sheinbaum exige su repatriación inmediata. Aquí sus perfiles.
¡Qué manera de legislar! Hasta Sheinbaum desaprueba retroactividad en amparo
EMEEQUIS.– La presidenta Claudia Sheinbaum afirmó que no entiende por qué el Senado modificó la propuesta de reforma a la…
Arlin, Ernesto, Sol, Carlos, Diego y Laura fueron detenidos por Israel en aguas internacionales por el simple hecho de llevar ayuda humanitaria a Gaza. Sheinbaum exige su repatriación inmediata. Aquí sus perfiles.
EMEEQUIS.– La presidenta Claudia Sheinbaum afirmó que no entiende por qué el Senado modificó la propuesta de reforma a la Ley de Amparo para incluir la retroactividad. Señaló que dicha medida es anticonstitucional y agregó que corresponderá a la Cámara de Diputados revisar y resolver este punto.
La madrugada del jueves 2 de octubre, el Senado de la República aprobó en lo general y lo particular la reforma a la Ley de Amparo con 70 votos a favor y 39 en contra, pero incluyó un cambio que encendió las alertas incluso dentro del propio oficialismo: la incorporación de un artículo transitorio que establece retroactividad en los juicios de amparo en trámite.
En su conferencia de prensa matutina, de este 2 de octubre, la presidenta Sheinbaum mencionó:
“Este agregado que le hicieron en el Senado… primero hay que respetar la Constitución. La Constitución establece claramente que no debe haber retroactividad en las leyes, a menos que se cambie la Constitución y en ese cambio se establezcan las condiciones para contratos previos u otras acciones. Pero en las leyes no puede haber retroactividad, eso es lo primero y hay que respetar la Constitución”, señaló en conferencia.
Sheinbaum cuestionó la pertinencia de incluir dicho transitorio:
“Desde mi punto de vista, no era necesario poner ese transitorio. Si es a partir de que se emite la ley, lo nuevo ya entra con la nueva ley, ¿para qué se pone el transitorio? No soy abogada, pero creo que así debe ser”, añadió.
“Me parece que los juicios que hoy están en amparo, que no han llegado a la Corte y que no representan un nuevo juicio de amparo, deben seguir con las leyes anteriores, porque ya es un procedimiento previo. No hay retroactividad en las leyes. El tema es a los nuevos amparos. Aunque sea un caso del pasado, si es un nuevo amparo, entonces se aplica la nueva ley”, expuso.
Enfatizó que corresponde ahora a la Cámara de Diputados revisar lo aprobado por el Senado: “Ahora que vaya la Cámara de Diputados tendrán que revisarlo. Hoy en el Gabinete de Seguridad le pregunté a la consejera jurídica y me dijo que iban a revisar en particular este transitorio”, señaló.
¿EFICACIA O RETROCESO EN LA LEY DE AMPARO?
La iniciativa fue presentada por el gobierno federal el pasado 15 de septiembre de 2025, como parte de un paquete de modificaciones a la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
El argumento central es que el actual juicio de amparo, considerado un pilar de la protección de los derechos humanos frente a actos de autoridad, se ha vuelto lento y susceptible de abusos. La administración morenista sostiene que las suspensiones provisionales han permitido que empresas, particulares y hasta redes de lavado de dinero evadan responsabilidades durante años.
Entre 2018 y 2025, por ejemplo, el gobierno calcula que se desbloquearon 59 mil millones de pesos vía suspensiones concedidas a cuentas congeladas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
La reforma plantea varios cambios clave:
Reducción de tiempos: los juicios deberán resolverse en un plazo de hasta 60 días posteriores a la audiencia, apoyados en procesos digitales.
Congelamiento de cuentas: ya no procederá la suspensión inmediata cuando se trate de presunto lavado de dinero; la cuenta permanecerá bloqueada hasta que se resuelva el fondo del juicio.
Resoluciones de la Corte: se elimina la posibilidad de suspender automáticamente la ejecución de fallos de la Suprema Corte; el particular deberá garantizar el monto que adeude al fisco.
Restricción del interés legítimo: sólo se admitirá en afectaciones directas e individuales, lo que limita la defensa colectiva de comunidades o pequeños negocios frente a grandes proyectos o concesiones.
Improcedencia en casos de “interés social” u “orden público”: como créditos fiscales, deuda pública, facultades del Estado o bloqueos de cuentas.
CRÍTICAS DESDE EL SENADO
Durante la maratónica sesión, legisladores de oposición cuestionaron duramente la reforma.
Carolina Viggiano (PRI) denunció “presiones” y aseguró que la reforma da “manos libres al Ejecutivo”. Lilly Téllez (PAN) advirtió que se está “abollando el único escudo de los ciudadanos ante un gobierno corrupto”.
Guadalupe Murguía (PAN) consideró que la medida “blinda a las autoridades”. Amalia García (MC) alertó que la eliminación del interés legítimo es una “contrarreforma” que deja fuera derechos colectivos y recordó que gracias a ese principio comunidades de Puebla pudieron frenar concesiones mineras.
La última palabra estará en San Lázaro, donde los diputados deberán definir si mantienen la retroactividad o corrigen lo que, incluso para la presidenta Sheinbaum, resulta un exceso legislativo.
@emeequis