“Me dijeron que la gobernadora actúa a título personal, no como funcionaria pública. Pero eso no tiene lógica: si la crítica es por su gestión como gobernadora, debería responder como tal”, dice Jorge Luis González Valdez, periodista acosado en Campeche.
Armenta pide analizar Ley Censura en Puebla… ¡cuando ya entró en vigor!
El gobernador Alejandro Armenta pide la realización de foros para analizar la Ley Censura ¡un día después de su entrada en vigor!
“Me dijeron que la gobernadora actúa a título personal, no como funcionaria pública. Pero eso no tiene lógica: si la crítica es por su gestión como gobernadora, debería responder como tal”, dice Jorge Luis González Valdez, periodista acosado en Campeche.
¿Se derogará?
EMEEQUIS.– Después de la publicación en el Periódico del Estado y entrada en vigor de la reforma al Código Penal en materia de ciberseguridad en Puebla, mejor conocida como “Ley Censura”, el gobernador Alejandro Armenta pidió este domingo la realización de foros para analizar sus alcances.
Normalmente los procesos de parlamento abierto se dan antes de aprobarse una ley, pero ante la ola de críticas, el gobernador Armenta decidió pedir el análisis de la ley, sin adelantar si se derogará en caso de resultar nociva según los foros.
Según la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, el Congreso tiene la facultad de legislar en materia penal, lo que incluye la capacidad de derogar disposiciones legales mediante la aprobación de un decreto.
La ley fue promovida por el coordinador de gabinete, José Luis García Parra, cuando era diputado, y fue aprobada este 12 de junio de manera exprés en el Congreso local dominado por la coalición oficialista. El nuevo artículo (480) del Código Penal del Estado incluye penas de once meses a tres años de prisión a quien cometa “ciberasedio”.
“Le solicito respetuosamente a la Mtra. @artemisa_laura, Presidenta en Junta de Gobierno y Coordinación Política del @CongresoPue y los integrantes de la LXII Legislatura establecer foros en coordinación con la Comisión Estatal de Derechos Humanos, periodistas, asociaciones de padres de familia, organismos de derechos humanos y colegio de abogados para analizar la Ley de Ciberseguridad en lo correspondiente al ciberacoso. Siempre con el propósito de proteger los derechos humanos universales con el mayor consenso posible. Con el pueblo todo, sin el pueblo nada”, publicó Armenta en su cuenta de X.
La morenista respondió de inmediato por la misma vía confirmando que habrá un parlamento abierto, a pesar de que ya entró en vigor la ley: “Recibo con interés su mensaje gobernador Alejandro Armenta @armentapuebla_ y atiendo su llamado como en esta LXII Legislatura atendemos en general a la ciudadanía. A partir de esta semana estaremos realizando mesas de trabajo, debates, como corresponde a un parlamento abierto, para escuchar a todas las voces y analizar el impacto de la ley”.
La diputada priísta Delfina Pozos, quien está en contra de dicha ley, aplaudió la decisión del gobernador: “Celebro la instrucción del gobernador @armentapuebla_ en busca de un mayor consenso, fue lo que solicité el día de la votación de la #LeyDeCiberseguridad y lo que pide la ciudadanía, un mayor análisis para que podamos tener una ley de verdadero beneficio para todas las y los poblanos”.
Pozos acusó el 12 de junio que hay vacíos técnicos graves en la nueva ley. “No se especifica cómo se manejará la evidencia digital ni se garantizan los derechos procesales. No hay capacidades reales para aplicarla. En Puebla solamente tenemos 16 policías cibernéticos. Se necesitan por lo menos 40”.
La Ley de Ciberseguridad de Puebla, conocida popularmente como “Ley Censura”, es una reforma al Código Penal del estado aprobada el 12 de junio de 2025 y publicada el 13 de junio en el Periódico Oficial del Estado. Esta ley tipifica el delito de ciberasedio (o ciberacoso), entre otros, y establece sanciones de hasta 3 años de prisión y multas de entre 5,657 y 39,599 pesos (50 a 350 UMAs) para quienes, a través de redes sociales, correo electrónico u otros medios digitales, insulten, ofendan, agravian o vejen a otra persona de manera insistente, causando un daño físico o emocional. Las penas se agravan si la víctima es menor de edad.
Organizaciones como Artículo 19 y la Red de Periodistas de Puebla advierten que la definición de “ciberasedio” es ambigua y subjetiva. Términos como “insultar” o “ofender” no están claramente delimitados, lo que podría permitir su uso arbitrario para criminalizar críticas legítimas al gobierno, especialmente de periodistas, activistas y ciudadanos.
La ley fue aprobada en un proceso rápido, en apenas 57 minutos, sin consulta previa con expertos en derechos digitales ni participación ciudadana, lo que el Instituto para la Gestión, Administración y Vinculación Municipal (Igavim) calificó como un análisis parcial. Esto ha levantado sospechas sobre las intenciones detrás de la reforma.
La aprobación coincide con críticas desde una cuenta anónima en X, “Aldea Poblana”, que señala irregularidades del gobernador Alejandro Armenta y su gabinete. Se especula que la ley busca identificar y sancionar a los responsables de esta cuenta, lo que refuerza las acusaciones de que es un instrumento para silenciar a opositores.
El artículo 480 adicionado al Código Penal del Estado de Puebla dice: “Comete el delito de ciberasedio quien a través de la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, redes sociales, correo electrónico o cualquier espacio digital insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona, con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional.
“A la persona responsable de la conducta descrita en el párrafo anterior se le impondrá la pena de once meses a tres años de prisión y multa de cincuenta a trescientos días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente en el momento de la comisión del delito.
“Cuando la víctima sea menor de edad, se presumirá el daño a la dignidad por tratarse de una persona en desarrollo psicoemocional y físico, y la sanción se aumentará desde una tercera parte de la pena mínima, hasta dos terceras partes de la pena máxima”.
La publicación oficial dice que el decreto entrará en vigor “al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado”. Es decir, a partir de ayer sábado.
@emeequis