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Sospechosa libertad: delitos de Chávez Junior ameritaban prisión preventiva

El juez Enrique Hernández Miranda dictamina que Chávez Junior continúe su proceso en libertad condicional, a pesar de que la Constitución señala que el tráfico de armas y delincuencia organizada ameritan prisión preventiva oficiosa.

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24 DE AGOSTO DE 2025
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El artículo 19 constitucional es muy claro sobre los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa y los de Chávez Junior están incluidos. ¿Por qué lo dejaron en libertad?

EMEEQUIS.– Luego de que Julio César Chávez Junior fuera vinculado a proceso por los delitos de tráfico de armas y delincuencia organizada, por presuntos nexos con el Cártel de Sinaloa, ahora llevará su proceso en libertad, cuando se esperaba que continuara en prisión preventiva oficiosa. 

Esto, tras la acusación presentada por la Fiscalía General de la República (FGR) en 2023, que derivó en su arresto este 2 de julio en Estados Unidos y su deportación a México el 18 de agosto.

El juez de control Enrique Hernández Miranda, del Centro de Justicia Penal Federal en  Hermosillo, Sonora, dio un plazo de tres meses para la investigación complementaria. El juzgador tampoco le impuso la firma periódica ante la Unidad de Medidas Cautelares, argumentando que la presencia del boxeador en esas instalaciones podría atraer a los medios de comunicación y conducir al acoso.

Los delitos de Chávez Junior están incluidos en la prisión preventiva oficiosa según la Constitución.

La delincuencia organizada que le atribuye la FGR a Chávez Junior es uno de los delitos contemplados en el artículo 19 de la Constitución que ameritan prisión preventiva oficiosa. 

El 3 de julio la FGR informó que Chávez Carrasco “cuenta con una orden de aprehensión en México, desde marzo de 2023, por delincuencia organizada y tráfico de armas”. 

En caso de ser encontrado culpable, Chávez Carrasco enfrentaría una pena de entre cuatro y ocho años de prisión. Como medidas cautelares, se le ordenó no abandonar el país, acudir a las audiencias y evitar comunicarse con los implicados en los hechos delictivos. Sin embargo, no tendrá que presentarse periódicamente ante las autoridades debido al acoso que podría sufrir por parte de la prensa.

La decisión judicial se basó en la falta de elementos concretos que demostraran su participación en los delitos imputados. No obstante, Chávez Jr. deberá permanecer en México mientras continúa el proceso legal, con una audiencia programada para el 24 de noviembre, en la que la FGR deberá presentar nuevas pruebas.

Respecto a por qué llevará su proceso en libertad, su abogado, Rubén Fernando Benítez, explicó que su cliente no podrá salir del país durante este tiempo, pero enfrentará el juicio fuera de prisión. Aseguró que la supuesta relación con el Cártel de Sinaloa se sostiene únicamente en anécdotas de “camaradería”.

El abogado subrayó la gravedad del caso: “Tenemos una fiscalía federal que atribuye participación en una organización peligrosísima (el Cártel de Sinaloa) en base a anécdotas de camaradería. (…) La fiscalía no justificó que deba continuar privado de su libertad para el proceso”. Hasta el momento no se han desahogado pruebas, por lo que no se pueden valorar ni desestimar.

El señalamiento contra Chávez estaría basado en una investigación aún en curso. La defensa argumentó que “en base a eso, si se justifica o no seguir investigando (…) la conclusión del juzgador es que se debe continuar con las indagatorias al menos tres meses más”.

La llamada al “Nini”, jefe de seguridad de los Chapitos, sería la prueba central del caso: “Hablan de cosas, no sabemos cuándo, no sabemos dónde ni sabemos nada, hablan de ello como referencias que recibieron de terceros, no como si hubieran estado presentes”. Esta sería la llamada realizada por un sujeto identificado como HNI2, que habría señalado a Chávez como un ajustador de cuentas de Néstor Ernesto Pérez Salas, alias El Nini. 

El propio Chávez Jr., según su defensa, “es el primer interesado en seguir el proceso para soterrar las especulaciones y conjeturas, y demostrar que no tiene culpabilidad alguna. (…) Yo sostengo que no sucedieron, mi cliente así me lo dijo: son conjeturas, especulaciones, casi casi leyendas urbanas”.

Por otro lado, la directora del Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) número 11 solicitó al juez de control, Enrique Hernández Miranda, que la audiencia del imputado se realizara por videollamada, por cuestiones de seguridad. En un oficio se argumentó que el juicio debía llevarse a cabo en el interior del penal para proteger la integridad tanto del imputado como de los asistentes.

La audiencia, programada a las 17:00 horas del sábado 23 de agosto, se efectuó “desde el interior del Cefereso, por el método alternativo de videoconferencia y/o en la sala destinada para tal efecto en esta Unidad Administrativa, como medida de seguridad e integridad física del propio imputado y del personal encargado de su traslado”.

El boxeador fue detenido el 18 de agosto por la FGR y trasladado a la Jefatura de la Policía Federal Ministerial en Hermosillo, Sonora, según informó la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).

Finalmente, la audiencia, que duró casi nueve horas, se efectuó a través de videoconferencia. 

Sobre el abogado, la periodista Laura Sánchez Ley apuntó en su cuenta de X que es “un litigante tijuanense que conozco hace años y ha logrado liberaciones inimaginables. La va a tener difícil la FGR”. 

“La primera que recuerdo es la del priista Jorge Hank por delincuencia organizada y portación de arma de uso exclusivo del Ejército. La otra es la del exmarine de EU Andrew Paul, acusado de tráfico de armas. Dos casos super mediáticos también”. 

@emeequis



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