Este martes la presidenta anunciará la creación de una Comisión Especial para deslindar responsabilidades en la tragedia de Teuchitlán.
Opacidad como norma: Cofepris y sus violaciones a la Ley de Transparencia
Cofepris viola constantemente la Ley de Transparencia, escudándose en la “seguridad nacional”. Tan solo en lo que va de este año han sido turnados al Pleno del INAI 694 recursos que involucran a esa dependencia y, en 62 casos, no ha respondido la solicitud. Colaboración de Julieta del Río Venegas (comisionada) para OPINIÓN 51.
Este martes la presidenta anunciará la creación de una Comisión Especial para deslindar responsabilidades en la tragedia de Teuchitlán.
EMEEQUIS.– ¿Cómo se conduce la Cofepris en materia de transparencia? La opacidad parece ser la norma. De acuerdo con Julieta del Río Venegas, comisionada del INAI, se trata de “un sujeto obligado que transgrede la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información” desde que ella está en Instituto.
Esta Ley aplica a todas las dependencias, señala Del Río en su columna invitada para OPINIÓN 51, y obliga a cargar trimestralmente su información específica (obligaciones de transparencia) en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), sino a responder solicitudes específicas en un plazo máximo de 20 días hábiles. Hay algunas excepciones, como aquellas que protegen datos personales, o bien, la seguridad nacional.
Tan solo en lo que va de este año han sido turnados al Pleno del INAI 694 recursos que involucran a esa dependencia y, en 62 casos, la Cofepris no ha respondido la solicitud, apunta la comisionada.
“En la sesión del pasado 19 de octubre, la ponencia a mi cargo presentó 35 asuntos dirigidos a este sujeto obligado que se mantiene renuente a responder las solicitudes de la población, o bien ‘simulando’ responder, de tal manera que no garantiza el derecho a la información”.
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Agrega que 61 recursos se han determinado como incumplidos para su denuncia ante el Órgano Interno de Control (OIC) y será éste, que está bajo la administración de la Secretaría de la Función Pública, el que atienda e imponga las disposiciones y sanciones que correspondan.
Es válida la excusa de “seguridad nacional” para negar información? No siempre. La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, en su Artículo 113 inciso I, describe las características de la información que pone en riesgo la seguridad nacional, siendo toda aquella que: “comprometa la seguridad nacional, la seguridad pública o la defensa nacional y cuente con un propósito genuino y un efecto demostrable”.
“En la sesión del pasado 19 de octubre, la ponencia a mi cargo presentó 35 asuntos dirigidos a este sujeto obligado”. Julieta Del Río Venegas. Foto: Cortesía.
Otra justificación para la reserva es que incluya datos personales. Al respecto dice Del Rio que basta recordar que el artículo 116 menciona: “Se considera información confidencial la que tiene datos personales concernientes a una persona identificada o identificable”.
En meses recientes, Cofepris se ha valido de dicha figura indiscriminadamente para limitar el acceso a la información y con ello, contraponerse a las decisiones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), decisiones que debemos recordar, son vinculatorias, definitivas e inatacables, señala la comisionada en su columna.
Los estragos de dichas negativas son variados. Se perjudica directamente a la ciudadanía, contraponiéndose a su derecho de acceso a la información, expone Julieta del Río, porque tampoco atiende el mandato de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, que en su artículo 11 establece: “toda información generada por los sujetos obligados será pública, completa, oportuna y accesible; y que, para poder considerarla como excepcional, dígase seguridad nacional, la causa deberá ser bien definida y legítima”.
No es cuestión de si Cofepris está de acuerdo o no en la transparencia. “Debemos entender que las instituciones, funcionarios y servidores públicos tenemos por obligación el brindar y entregar la información de manera expedita, siguiendo los compromisos establecidos y bajo la obligatoriedad que nos marca la ley”, advierte del Río.
Todo ciudadano tiene el derecho de solicitar la información. En el caso específico de Cofepris, ésta puede contribuir en materia de medicamentos y permisos sanitarios que repercuten directamente en la salud de las y los mexicanos.
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